EXTENSIÓN Entidades, empresarios y profesionales
ASUNTO: Modelo 400. Censo de Empresarios, Profesionales (Canarias)
Resolución de 18 de octubre de 2018, de la Directora, por la que se modifica el modelo 400 de declaración censal.

 

Qué es el modelo 400

El modelo 400 Declaración Censal de Empresarios o Profesionales es una declaración tributaria del Gobierno de Canarias para las personas o entidades que desarrollen una actividad empresarial o profesional y tengan en las Islas Canarias su domicilio fiscal o un establecimiento permanente.

 

Para qué sirve el modelo 400

Dentro de las peculiaridades de las Islas Canarias, la más llamativa es la utilización del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en lugar del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Este impuesto es gestionado directamente por el gobierno autonómico de las islas y, para ello, la Agencia Tributaria Canaria utiliza este modelo. Por tanto, el modelo 400 sirve para generar un censo de empresarios con domicilio fiscal en las Islas Canarias a los efectos de registro y control para la recaudación del IGIC.

 

Quién está obligado a presentar el modelo 400

Estarán obligados a presentar el modelo 400 con el fin de comunicar su alta censal todos los autónomos y empresas que residan en las Islas Canarias y vayan a facturar con IGIC o aquellas que, aun no teniendo su domicilio en ellas, actúen por medio de un establecimiento permanente.

 

También deberán presentar el modelo 400 los empresarios o profesionales sin residencia en las islas, pero que presten servicios por vía electrónica, de telecomunicaciones o radiodifusión, siempre que no se haya producido inversión del sujeto pasivo.

 

Por otra parte, no están obligadas a presentar el modelo 400 las actividades exentas de IGIC, como sanidad o educación.

 

Modelo 400 o modelo 036

Cuando se pretenden realizar actividades económicas como empresario o profesional en las Islas Canarias, se deben seguir los siguientes pasos:

 

  • Alta en la Agencia Estatal Tributaria, mediante el modelo 036 o 037.
  • Alta en la Seguridad Social, en el régimen que corresponda.
  • Alta en la Agencia Tributaria Canaria, mediante el modelo 400.

Por tanto, para los empresarios con domicilio fiscal en Canarias no es suficiente únicamente con presentar el modelo 400, además deben haber realizado los trámites requeridos para cualquier autónomo o empresa en España.

 

CUANDO presentar el modelo 400

Los plazos de presentación del modelo 400 serán diferentes en función de lo que queramos comunicar con él:

  • El alta en el censo habrá que realizarla de forma previa al inicio de la actividad económica o empresarial.
  • En el caso de herencia del negocio, el plazo será de seis meses desde el fallecimiento.
  • Para la comunicación de modificaciones, habrá un plazo de un mes desde el día siguiente del hecho que lo motiva.
  • El plazo para comunicar un cambio de actividad no exenta de IGIC a una actividad exenta es de un mes desde el inicio de las nuevas actividades.
  • Para el cese efectivo de la actividad, el plazo será de un mes desde que se produzca.

 

Cómo presentar el modelo 400

Para presentar el modelo 400 encontramos tres opciones:

 

  • Rellenar el modelo a través de la página web de la Agencia Tributaria y enviarlo por correo certificado a la oficina que corresponda según su domicilio fiscal.
  • Rellenar el modelo a través de la página web de la Agencia Tributaria y presentarlo directamente en la oficina correspondiente.
  • Presentación telemática a través de la Sede Electrónica.

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