MODELO 190. Declaración Resumen anual de Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.
EXTENSIÓN | A todos los obligados a practicar retenciones a cuenta del IRPF |
ASUNTO: | Obligación de presentar Declaración Resumen anual de Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, MODELO 190 |
NORMATIVA | Orden EHA/3127/2009 |
NOVEDADES EJERCICIO 2021.
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Calificación de las prestaciones derivadas de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs)
Estas prestaciones se califican como rendimiento de trabajo sujetas a gravamen. No están exentas del IRPF.
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Declaración de las cantidades satisfechas en concepto de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs).
Se trata de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 en materia de protección por desempleo.
Las prestaciones satisfechas por un ERTE se deben declarar en el modelo 190, con clave C (desempleo).
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Calificación de la prestación extraordinaria por cese de actividad percibidas por los autónomos
Al igual que la prestación «ordinaria» por cese de actividad de los autónomos, la prestación extraordinaria por cese de actividad es una prestación del sistema de protección de desempleo; las prestaciones por desempleo se califican como rendimientos de trabajo. (y no como de actividad económica)
FORMA DE PRESENTACIÓN.
Por norma general se presentará el modelo por vía Electrónica por Internet, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
FORMA DE PRESENTACION
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certificado electrónico de identificación o DNI electrónico | Cl@ve PIN | SMS |
Personas físicas | SI | SI (hasta 15 registros) | |
Comunidades de propietarios | SI | SI (hasta 15 registros) | |
Otro Caso | SI |
FECHA DE PRESENTACION:
Hasta el 31 de ENERO
PERCEPTORES A DECLARAR:
- RENDIMIENTOS DEL TRABAJO
Clave A – Empleados por cuenta ajena en general
Clave B – Pensionistas y perceptores de haberes pasivos
Clave C – Prestaciones o subsidios por desempleo
Clave D – Prestaciones por desempleo abonadas en la modalidad de pago único
Clave E – Consejeros y administradores. Satisfechas a personas físicas por su condición de administradores y miembros de los Consejos de administración
Clave F – Cursos, conferencias, seminarios y similares y elaboración de obras literarias, artísticas o Científicas. Se relacionarán con esta clave las percepciones en concepto de rendimientos del trabajo.
Clave L – Rentas exentas y dietas exceptuadas de gravamen. Según su naturaleza se utilizará las subclaves 01 a 27.
- RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONOMICAS
Clave G – Actividades económicas. Rendimientos de actividades profesionales
Clave H – Actividades económicas. Rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas, forestales y de módulos. No se incluirán las subvenciones corrientes o de capital ni las indemnizaciones.
Clave I – Actividades económicas. (en concepto de rendimientos de la propiedad intelectual o industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas…, cuando dichos rendimientos deriven de una actividad económica desarrollada por el perceptor.
- IMPUTACION DE RENTAS
Clave J.- Imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen: contraprestaciones a que se refiere el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto
- PREMIOS
Clave k.– Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.