EXTENSIÓN Entidades, empresarios y profesionales
ASUNTO: Presentación telemática obligatoria para determinados supuestos de modelos del IGIC, AIEM, Juego, Combustibles, Tabaco y Transmisiones patrimoniales
NORMATIVA Resolución de 3 de agosto de 2021 de la Agencia Tributaria Canaria

Con esta Resolución se generaliza la presentación telemática obligatoria de las declaraciones y autoliquidaciones de algunos de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria Canaria en las que es posible actualmente realizar tal forma de presentación, y se amplía el espectro de supuestos afectados por tal obligación.

 

Presentacion telematica obligatoria (igic, aiem, jUEGO, COMBUSTIBLE, TABACO ITPAJD

 

Se establece la presentación telemática obligatoria de los modelos de declaración y autoliquidación:

  • MOD 400 y 412 del Impuesto General Indirecto Canario,
  • MOD 451 del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias
  • MOD 045 y 046 de la Tasa Fiscal sobre el Juego.

No obstante, se exceptúa dicha obligación en determinados supuestos

 

Además, se amplía el ámbito subjetivo de la presentación telemática obligatoria de modelos de declaración y autoliquidación

  • MOD 415, 416, 420 y 425 del Impuesto General Indirecto Canario.
  • MOD 450, 452 y 455 del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.
  • MOD 430 y 433 del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias
  • MOD 460 y 461 del Impuesto sobre las Labores del Tabaco

MOD 620 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compraventa de determinados medios de transporte usados.