Circular 12/2026 – El sistema de facturación electrónica obligatoria
| EXTENSIÓN | Empresarios y profesionales | |
| ASUNTO: | El sistema de facturación electrónica obligatoria | |
| NORMATIVAS | Real Decreto 238/2026 | |
No hay que confundir el Sistema informático de facturación (Verifactu) que entra en vigor en 2027, con este desarrollo – sistema de facturación electrónica obligatoria – que desarrolla la Plataforma de intercambio de facturas electrónicas
Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto que desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.
Este Reglamento tiene por objeto establecer los requisitos técnicos y de información del sistema español de factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales; los requisitos exigibles a las plataformas de intercambio de facturas electrónicas, entre ellos, los de interoperabilidad e interconexión mínima entre éstas; así como la regulación de los distintos estados de las facturas y, el establecimiento de determinadas obligaciones de suministro de información.
La entrada en vigor
Se hará de manera escalonada según el importe del volumen de operaciones:
- Si excede de 8.000.000€ entrará en vigor a los 12 meses de la publicación de la orden ministerial que se aprobará para habilitar el desarrollo reglamentario.
Y a los 24 meses para el resto de los empresarios y profesionales.
