EXTENSIÓN A todos los sujetos pasivos del IGIC en régimen general.
ASUNTO: Nota de cumplimiento del Impuesto General Indirecto Canario
NORMATIVA Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se

aprueba el Reglamento de gestión IGIC

 

Comprobación de volumen de operaciones en 2022 (personas físicas).

Aquellas PERSONAS FISICAS cuyo volumen de operaciones por el conjunto de sus actividades sea inferior a 30.000 euros en el ejercicio, se incluirán en 2023 en el régimen especial del pequeño empresario o profesional, salvo renuncia. La comunicación se realizará a través de la declaración censal de modificación MOD 400

 

Declaración Resumen Anual (mod 425)

 

Cómo en ejercicios anteriores la declaración se presentará durante el mes de ENERO. (exclusivamente por vía telemática)

 

Para su formalización en nuestro despacho, remítanos la siguiente información adicional:

 

1.- TOTAL “VOLUMEN DE OPERACIONES” del ejercicio: Diferenciar.

 

IMPORTE EUROS
a) Operaciones en Régimen General
b) Operaciones exentas

 

c) Operaciones de exportaciones definitivas
d) Operaciones en Reg. Especial bienes usados
e) Operaciones en Reg. Especial de agricultura.
f) Rectificación de cuotas

 

2.- IGIC SOPORTADO del ejercicio: Diferenciar.

 

BASE CUOTAS
IGIC SOPORTADO INTERIOR

bienes y servicios corrientes

IGIC SOPORTADO INTERIOR

Bienes de inversión.

IGIC SOPORTADO IMPORTACIONES bienes y servicios corrientes
IGIC SOPORTADO IMPORTACIONES Bienes de inversión.
Compensación en régimen especial de agricultura

Más información del MODELO 425