Modelo 216. IRNR. Impuesto sobre la Renta de no Residentes
EXTENSIÓN A entidades que practiquen retenciones del IRNR
ASUNTO: Modelo 216. IRNR. Impuesto sobre la Renta de no Residentes
NORMATIVA Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre
BREVES COMENTARIOS A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL MODELO 216 CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES (IRNR) POR RETENCIONES PRACTICADAS A PERSONAS O ENTIDADES NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Aplicable a:
• Personas físicas o jurídicas.
• Pymes y autónomos con pagos a conceptos como: rentas del trabajo, actividades económicas, capital mobiliario o inmobiliario, dividendos, intereses, arrendamientos, entre otros, ejecutados en territorio español.
SUJETOS OBLIGADOS
Aquellos que realicen pagos a no residentes sin establecimiento permanente en España, incluyendo:
• Empresas y profesionales que contraten servicios, sueldos, arrendamientos, etc.
• Entidades diplomáticas o aseguradoras extranjeras que operen en España.
PERIODICIDAD Y PRESENTACIÓN
• Trimestral: entre el 1 y el 20 de abril, julio, octubre y enero, salvo que la empresa sea considerada “gran empresa” (presentación mensual).
• Presentación telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
DATOS A INCLUIR
1. Identificación del obligado:
o Nombre o razón social, NIF, y datos del declarante.
2. Periodo de devengo:
o Trimestral o mensual, según clasificación.
3. Detalle de impuestos y retenciones:
o Cantidad bruta, importes retenidos o ingresos a cuenta, y, en su caso, exenciones aplicables.
4. Cálculo y forma de pago:
o Importe a ingresar (casilla correspondiente), indica modalidad de pago.
o Declaraciones negativas deben marcarse apropiadamente.
5. Declaraciones complementarias:
o Incluir justificante de la declaración anterior cambiada, fecha y firma electrónica o representante.
PLAZOS CLAVE
• Entre 1 y 20 de los meses siguientes al trimestre natural (abril, julio, octubre, enero).
• Para “grandes empresas”: presentación mensual.
CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
• Posibles sanciones por no presentar a tiempo o errores en la declaración.
• Recargos por presentación tardía o ingreso fuera de plazo.
RECOMENDACIONES PRÁCTICAS
• Mantener registro actualizado de pagos a no residentes y retenciones practicadas.
• Integrar en procesos contables y nóminas para reportar correctamente.
• Revisar trimestralmente quién califica como no residente y si aplica establecimiento permanente.
• Preparar los documentos electrónicos necesarios (NIF, datos bancarios, lista de pagos detalle).
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